sábado, 7 de noviembre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivo
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar en Notifacto
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosLista «En 29»Elecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-SS-24-1019

Crédigas S. A.

Proveedor del Estado
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Segunda Sala
Fecha
30 ago de 2024
Materia
Penal
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Rechaza
Expediente
066-2020-EPEN-00541
Juez ponente
Francisco Ant. Jerez M.

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteCrédigas S. A.Proveedor del Estado con la misma razón social: Credigas, SA →

Lo que decidió

FALLA Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Crédigas, S. A., representada por 14 Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.[teléfono] • Dirección de Internet: http:// • e-mail: contacto@poderjudicial.gob.do REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. 066-2020-EPEN-00541 Rc. Crédigas, S. A. Fecha: 30 de agosto de 2024 PER8 contra la sentencia penal núm. 502-01-2024- SSEN-00024, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 5 de abril de 2024, cuyo dispositivo se copia en parte anterior de la presente decisión. Segundo: Condena a la parte recurrente del pago de las costas del procedimiento. Tercero: Ordena al secretario general de esta Suprema Corte de Justicia notificar la presente decisión a las partes y al juez de la ejecución de la pena del Distrito Nacional, para los fines correspondientes.

Resumen

La Segunda Sala conoce el recurso de casación interpuesto por Crédigas, S. A., contra una sentencia que confirmó su condena por infracciones laborales relativas al pago de días feriados. Examina los agravios sobre motivación, valoración probatoria y garantías procesales; el fragmento termina antes del dispositivo de esta sentencia.

recurso de casacióninfracción laboraldías feriadosmotivación judicialvaloración probatoriadebido proceso

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • CongresoLegisladores, iniciativas, asistencia y votos
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • Lista «En 29»Muertes a manos de agentes del Estado que cuenta la prensa
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona