Persona, Servicios Turísticos González C. por A. y Seguros Banreservas S.A.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Persona | |
| Recurrente | Servicios Turísticos González C. por A. | |
| Recurrente | Seguros Banreservas S.A. | Estado |
FALLA Primero: Rechaza el recurso de casación incoado por Servicios Turísticos González, C. por A. y Seguros Banreservas, S.A., contra la sentencia penal núm. 203-2019-SSEN-00693, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega el 11 de noviembre de 2019, cuyo dispositivo se copia en parte anterior del presente fallo. Segundo: Condena a y a Servicios Turísticos González, C. por A., al pago de las costas, y las declara oponibles a la entidad aseguradora Seguros Banreservas, S.A., hasta el límite de la póliza. Tercero: Encomienda al secretario general de esta Suprema Corte de Justicia, notificar la presente decisión a las partes y al juez de la ejecución de la pena del Departamento Judicial de La Vega, para los fines correspondientes.
Rechaza el recurso de casación interpuesto contra la condena por un accidente de tránsito. Considera suficiente la motivación de la corte de apelación sobre la valoración de las pruebas, la responsabilidad del imputado y la indemnización civil.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona