Almacenes Unidos SAS., Banco Popular Dominicano SA., Banco Múltiple apoderados especiales a los Lcdos. , y , y a la Dra. , de generales que constan en el expediente y otros
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrido | Almacenes Unidos SAS. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Almacenes Unidos, S.A.S → |
| Recurrido | Banco Popular Dominicano SA. | |
| Recurrido | Banco Múltiple apoderados especiales a los Lcdos. , y , y a la Dra. , de generales que constan en el expediente | |
| Recurrido | b) Banco Popular Dominicano SA. | |
| Recurrido | representado por Miriam Jocelyne y , quienes tienen como | |
| Recurrido | Banco Múltiple qua, a través de la pl |
Las Salas Reunidas conocen un segundo recurso de casación laboral sobre la valoración de pruebas relacionadas con una renuncia y un recibo de descargo. El texto examina la alegación de falta de ponderación y la regla jurisprudencial sobre la validez del descargo cuando no se acredita un vicio del consentimiento; se indica que el recurso es rechazado.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona