Mercedes Caraballo Polanco vs. Banco de Reservas de la República Dominicana
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Mercedes Caraballo Polanco | |
| Recurrido | Banco de Reservas de la República Dominicana | Estado |
Por tales motivos, LAS SALAS REUNIDAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, 62 FALLAN: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesta por los señores Mercedes Caraballo Polanco, Eduarda Flores Guzmán y Amparo Lun Santana, en contra de la Ordenanza Laboral núm. 479-2021- SORD-00067 de fecha 10 de agosto de 2021, dictada por la Presidencia de la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega, por los motivos expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento. (Firmados). Luis Henry Molina Peña, Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Pilar Jiménez Ortiz, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel A. Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez, Francisco A. Ortega Polanco, Nancy I. Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Samuel A. Arias Arzeno, Vanessa E. Acosta Peralta, Rafael Vásquez Goico, Anselmo A. Bello Ferreras y Moisés Ferrer Landrón.
Conoce un recurso de casación interpuesto por Mercedes Caraballo Polanco y compartes contra una ordenanza de la Corte de Trabajo de La Vega que rechazó una demanda en referimiento para obtener fondos embargados y fijar astreintes. El encabezado anuncia que el recurso es rechazado.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona