| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Edesur Dominicana S.A. | Estado |
Por tales motivos, procede que estas Salas Reunidas retengan su competencia para conocer y fallar el recurso indicado. 3.En su memorial de casación, la parte recurrente Edesur Dominicana S.A., invoca los siguientes medios: “Primero: Falta e insuficiencia de motivos. Segundo: Falta de base legal”. 4.En el desarrollo de sus medios de casación, analizados en conjunto debido a su estrecha vinculación, la recurrente en síntesis aduce que la decisión impugnada carece de motivación suficiente para establecer la responsabilidad civil de Edesur, ya que la corte a qua se limitó a hacer suyas las motivaciones realizadas por la Suprema Corte de Justicia. Agrega que la motivación de la alzada no se basta a sí misma, así como tampoco pudo establecer una justificación clara para indicar que por el hecho de la usuaria encontrarse en el marco del Programa de Reducción de Apagones no significa que Edesur sea responsable por todos los problemas internos que fueren causados. Agregan que también existe falta de base legal pues el informe presentado por los bomberos indica que el accidente se debió a un cortocircuito interno de la vivienda, donde el único responsable es el usuario. 5.Para defenderse de los medios planteados, los recurridos sostienen que la decisión fue emitida en base a motivos y razones de hecho que justifica su dispositivo. Que los jueces de la alzada exponen las razones por las cuales decidieron de la manera que se indica en el dispositivo de la sentencia impugnada. Por …
Rechaza el recurso de casación de Edesur Dominicana S.A. contra la sentencia que la condenó a indemnizar daños por un incendio atribuido a un cortocircuito en viviendas bajo el régimen del Programa de Reducción de Apagones. Considera inaplicable a esos usuarios la regla que atribuye al usuario responsabilidad por daños posteriores al punto de entrega.
recurso de casaciónresponsabilidad civilelectricidadcosa inanimadaPrograma de Reducción de Apagonesdaños materiales
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona