Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S.A. (Edeeste)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S.A. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
Por tales motivos, las SALAS REUNIDAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en el art. 152 de la Constitución de la República; arts. 2, 15 y 17 Ley 25 de 1991. FALLAN: ÚNICO: DECLARAN LA INCOMPETENCIA de las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia para conocer del recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (EDE- ESTE), contra la sentencia 1303-2017-SSEN-00457, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 31 de julio de 2017, cuyo dispositivo se ha copiado en parte anterior del presente fallo y, ENVÍAN por ante la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el presente expediente, para los fines correspondientes.
Las Salas Reunidas declaran su incompetencia para conocer un segundo recurso de casación porque cuestiona puntos de derecho distintos de los juzgados en la primera casación. Envían el expediente a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona