Compañía Dominicana de Teléfonos S. A. y Seguros Reservas S. A.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Compañía Dominicana de Teléfonos S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Compañía Dominicana de Teléfonos, S.A → |
| Recurrente | Seguros Reservas S. A. |
PRIMERO: PRONUNCIA el DEFECTO de la parte recurrida, , por los motivos expuestos. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE, de oficio, el recurso de casación interpuesto por la Compañía Dominicana de Teléfonos, S. A., y Seguros Reservas, S. A., contra la sentencia civil núm. 026-03-2025-SSEN-00286, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// AMP/pág. 11 CANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0073 Exp. núm. 2 (2025-R0902168) (2026-R0039887) Partes: Compañía Dominicana de Teléfonos, S.A., y Seguros Reservas, S.A. vs. Materia: Reparación de daños y perjuicios (colisión de vehículos) Decisión: Rechaza desistimiento/inadmisible por el monto (de oficio) Ponente: Mag. Nacional, en fecha 9 de mayo de 2025, por los motivos expuestos. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Primera Sala examina un recurso de casación relacionado con una indemnización por daños y perjuicios derivados de una colisión de vehículos. Rechaza la solicitud de desistimiento presentada por la parte recurrida y analiza de oficio la admisibilidad del recurso según el umbral de cincuenta salarios mínimos aplicable a condenas pecuniarias.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona