Constructora Rizek & Asociados vs. Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
El Estado es parteProveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Constructora Rizek & Asociados | Proveedor del Estado con la misma razón social: Constructora Rizek & Asociados, SRL → |
| Recurrido | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones → |
FALLA PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación, interpuesto por Constructora Rizek & Asociados, ., contra la sentencia civil núm. 0319-2025-SCIV- 00115, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de la Corte de Apelación del Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • . LMS/Pág.8 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0686 Exp. núm. 0322-2018-ECIV-00162 (2025-R1148399) Partes: Constructora Rizek & Asociados, . vs y Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) Materia: (Le contredit)-lanzamiento de lugar, destrucción de mejoras y reparación de daños y perjuicios Decisión: INADMISIBLE por extemporáneo Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero Departamento Judicial de San Juan de la Maguana, en fecha 25 de junio de 2025, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción a favor del Lcdo. , abogado de la parte recurrida, quien afirma haberlas avanzado en su mayor parte.
La Primera Sala declara inadmisible por extemporáneo el recurso de casación de Constructora Rizek & Asociados contra una sentencia sobre competencia para conocer una demanda de lanzamiento de lugar, destrucción de mejoras y daños. Considera válida la notificación y determina que el plazo de veinte días hábiles, aumentado por la distancia, venció antes de interponerse el recurso.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona