Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (SB) y en calidad de órgano disolutor del Banco Peravia de Ahorro y Crédito S. A.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (SB) | Superintendencia de Bancos → |
| Recurrido | en calidad de órgano disolutor del Banco Peravia de Ahorro y Crédito S. A. |
FALLA PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. 335-2024-SSEN-00497, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha 29 de noviembre de 2024, en cuanto al correcurrido , por los motivos expuestos. PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE por falta de acreditación de interés casacional el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. 335-2024-SSEN-00497, antes indicada, por las razones expuestas. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales y ordena su distracción a favor de los Lcdos. , Robinson Antonio Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • http:// YK/Pág. 18 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0563 Exp. núm. 339-2023-ECON-00745 (2025-R0126264) Partes: vs. Superintendencia de Bancos de la Republica Dominicana, (SB), en calidad de órgano disolutor del Banco Peravia de Ahorro y Crédito, S. A., y ia: Nulidad de sentencia de adjudicación Decisión: INADMISIBLE por falta de acreditación de interés casacional Ponente: , y del Dr. , abogados de la parte recurrida, quienes afirman estarlas avanzado en su totalidad.
La Primera Sala examina un recurso de casación contra la confirmación de la nulidad de una sentencia de adjudicación vinculada a un inmueble de una entidad financiera en disolución. Aborda la legitimación pasiva y el interés casacional, y el encabezado identifica el recurso como inadmisible por falta de acreditación de este último.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona