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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-PS-26-0187

Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) vs. Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (CONATRA)

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
26 feb de 2026
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Rechaza
Expediente
2025-0073100
Juez ponente
Samuel A. Arias A.

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteEmpresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED)Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana →
RecurridoConfederación Nacional de Organizaciones del Transporte (CONATRA)

Lo que decidió

FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), en contra de la ordenanza núm. 026-03- 2025-SORD-00116, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 10 de julio de 2025, por las razones expuestas. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • http:// DG/Pág. 15 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0187 Exp. núm. 2 (2025-R0941813) Partes: Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) vs. Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (CONATRA) Materia: Referimiento (levantamiento de embargo retentivo u oposición) Decisión: RECHAZA Ponente: SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas, con distracción a favor del Lcdo. , abogado de la parte recurrida, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.

Resumen

La Primera Sala rechaza el recurso de casación de ETED contra la decisión que confirmó el rechazo de una demanda para levantar un embargo retentivo. Considera que la suspensión de la ejecución de la sentencia que sirve de título no elimina su aptitud para fundamentar una medida conservatoria.

recurso de casaciónembargo retentivomedida conservatoriaefecto suspensivoreferimientointerés casacional

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona