| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Edesur Dominicana S. A. (Edesur) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur → |
PRIMERO: DISPONE que la competencia para juzgar el recurso de casación interpuesto por Edesur Dominicana, S. A. (Edesur) contra la sentencia civil núm. 110- 2021, dictada en fecha 1 de noviembre de 2021, por la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, corresponde a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, por quedar demostrado que el punto de derecho juzgado en el primer recurso es distinto al presentado en esta ocasión. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Edesur Dominicana, S. A., (Edesur), contra la sentencia civil núm. 107-2021, de fecha 01 de noviembre de 2021, dictada por la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, por los motivos antes expuestos. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// / JDH/ Pág. 20 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0153 Exp. núm. -RECA-00133 (322-2016-ECIV-00263) Partes: Edesur Dominicana, S. A. (Edesur) vs. Materia: Reparación de daños y perjuicios Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. TERCERO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento en beneficio del Dr. Rafaelito Encarnación D` Oleo y Lcdo. , abogados de la parte recurrida, quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
La Primera Sala examina un recurso de casación relativo a una condena por daños derivados de la instalación de postes eléctricos en un inmueble. Determina que conserva competencia porque los puntos de derecho planteados difieren de los juzgados en la casación anterior; el encabezado indica que rechaza el recurso.
recurso de casacióncompetenciadaños y perjuiciosresponsabilidad civilmotivación de las sentenciasindemnizaciónpropiedad inmobiliaria
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona