Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (Edeeste) y Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (Eted)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Recurrido | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (Eted) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
FALLA PRIMERO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. sentencia civil núm. 1303-2025- SSEN-00359, dictada en fecha 22 de julio de 2025, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// NESP /Pág. 8 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS- 26-1241 Exp. núm.: 2 (2025-R1168294) Partes: vs. La Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A., (Edeeste) y la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (Eted) Materia: Reparación de daños y perjuicios (accidente eléctrico) Decisión: CADUCO (de oficio) Ponente: SEGUNDO: COMPENSA las cosas del procedimiento.
Declara caduco de oficio un recurso de casación porque el acto de emplazamiento fue depositado fuera del plazo legal. Considera que la caducidad no se subsana por la presentación de memoriales de defensa y compensa las costas del procedimiento.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona