| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrido | Decotoldo S.R.L. | |
| Recurrido | Seguros Banreservas S. A. | Estado |
FALLA PRIMERO: CASA PARCIAMENTE la sentencia núm. 335-2023-SSEN-00358, dictada en fecha 30 de agosto de 2023, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, exclusivamente en cuanto a la evaluación de los daños morales; en consecuencia, retorna las partes y la causa al momento en que se encontraban antes de ser dictada dicha decisión en el punto casado y, envía el asunto, así delimitado, por ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, de conformidad con las motivaciones expuestas. SEGUNDO: RECHAZA los demás aspectos del recurso de casación interpuesto por , por los motivos previamente expuestos. v. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// YBS/Pág. 17 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0802 Exp. núm. 186-2019-ECIV-01085 Partes: vs. Decotoldo, . y Seguros Banreservas, S. A. Materia: Reparación de daños y perjuicios (tránsito) Decisión: Casa parcialmente/Inadmisible Ponente: TERCERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación incidental interpuesto por Decotoldo, . y Seguros Banreservas, S. A., contra la referida sentencia, por las razones expuestas precedentemente. CUARTO: COMPENSA las costas procesales.
La Primera Sala examina recursos principal e incidental de casación en un litigio por daños derivados de un accidente de tránsito. Analiza objeciones de admisibilidad, interés casacional y alegaciones de omisión de estatuir, indemnización insuficiente y vulneración de garantías procesales; el texto recibido se interrumpe durante el examen de los daños.
recurso de casacióndaños y perjuiciosaccidente de tránsitointerés casacionalomisión de estatuirindemnización
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona