| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | Banco Central de la República Dominicana | Estado |
FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO, respecto al correcurrido , el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia núm. 550-220-SSENT-00179, de fecha 16 de diciembre de 2020, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, por las razones expuestas precedentemente. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// DG/Pág. 11 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0641 Exp. núm. -RECA-00015 Partes: vs. Banco Central de la República Dominicana y Materia: Incidental en reparo al pliego de condiciones Decisión: CADUCO/ INADMISIBLE POR INDIVISIBLE de oficio Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE por indivisibilidad el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil antes indicada, por los motivos expuestos precedentemente. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento.
Decide un recurso de casación contra el rechazo de una demanda incidental en reparo al pliego de condiciones de un embargo inmobiliario. Declara la caducidad respecto de un correcurrido por irregularidades en el emplazamiento y examina la indivisibilidad del recurso para proteger el derecho de defensa de la parte beneficiada por la sentencia impugnada.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona