Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (Edeeste) vs. Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (Eted)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Recurrido | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (Eted) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (Edeeste), contra la sentencia civil núm. 026-02-2023-SCIV-00730 de fecha 26 de diciembre de 2023, emitida por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente, la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (Edeeste), al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción en provecho de los abogados constituidos de la parte recurrida, Lcdos. , Juan Pablo Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// SRA/Pág.18 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0005 Exp. núm.: 037-2020-ECIV-01117 (2024-R0097254) Partes: Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (Edeeste) vs. Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (Eted) y Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. y , y Dr. , quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
La Primera Sala examina un recurso de casación de Edeeste contra una condena por daños derivados de un accidente eléctrico. Analiza el interés casacional y la responsabilidad del guardián de la cosa inanimada, así como la valoración de las pruebas sobre la intervención de los cables eléctricos en el daño.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona