Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte S. A. (Edenorte Dominicana S. A.)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte S. A. (Edenorte Dominicana S. A.) | Estado |
FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO, de oficio, el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, S. A. (Edenorte Dominicana, S. A.), en contra de la sentencia núm. 449-2024-SSEN-00100, dictada en fecha 10 de junio de 2024, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís, por los motivos expuestos. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: • Dirección de Internet: http:// / OP/Pág.7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0402 Exp. núm. 135-2020-ECON-00663(2024-R0610242) Partes: Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, S. A. (Edenorte Dominicana, S. A.) vs. y Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: CADUCO / de oficio Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz SEGUNDO: COMPENSA las costas procesales.
La Primera Sala declara caduco de oficio el recurso de casación de Edenorte porque el acto de emplazamiento fue depositado fuera del plazo legal. Compensa las costas procesales y fundamenta la decisión en la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona