Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrido | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por , , y , contra la sentencia núm. 1499-2024-SSEN-00121, de fecha 20 de marzo de 2024, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, por los motivos expuestos. ____________________________________________________________________________________ Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// YH/pág. 18 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0004 Exp. núm. 549-2019-ECIV-00310 (2024-R0333388) Partes: , , y vs. Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (EDEESTE) Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: Rechaza Ponente: Mag. Pi SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción a favor de los Lcdos. y , abogados de la parte recurrida, quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
La Primera Sala conoce un recurso de casación contra la decisión que revocó una indemnización por daños derivados de una muerte por electrocución. Examina el interés casacional presunto por infracción procesal, los agravios sobre motivación y valoración de pruebas, y la sentencia indica que el recurso es rechazado.
recurso de casacióninterés casacionalinfracción procesalvaloración de pruebasresponsabilidad civildaños y perjuicioselectrocución
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona