Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE)
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FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por y contra la sentencia civil núm. 1499-2024-SSEN-00140, dictada el 8 ___________________________________________________________________________________________________________________ Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: • Dirección de Internet: http:// / YH/Pág. 14 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0392 Expediente núm. 549-2020-ECIV-00443 (2024-R0371010) Partes: y vs. Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (EDEESTE) Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. de abril de 2024 por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, por los motivos expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Primera Sala examina un recurso de casación sobre daños causados por electrocución, la alegada contradicción de motivos y la solicitud de peritaje. Aborda el interés casacional presunto, la carga de probar los hechos y la responsabilidad por el hecho de la cosa inanimada; el encabezado indica que rechaza el recurso.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona