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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-PS-25-2402

Ayuntamiento Municipal de Salcedo vs. Centro Gomas Bello

El Estado es parteProveedor del Estado
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
27 oct de 2025
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara inadmisible
Expediente
284-2022-ECIV-00193
Juez ponente
Justiniano Montero M.

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteAyuntamiento Municipal de SalcedoAyuntamiento del Municipio Salcedo →
RecurridoCentro Gomas BelloProveedor del Estado con la misma razón social: Centro Gomas Bello, SRL →

Lo que decidió

PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento Municipal de Salcedo, representada por el Lcdo. , contra la sentencia civil núm. 449-2024-SSEN-00054, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís, en fecha 22 de marzo de 2024, por los motivos antes expuestos. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: • Dirección de Internet: http:// / JDL/ Pág. 17 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-2402 Exp. núm. 284-2022-ECIV-00193 (2024-R0214190) (2024-R0323833) Partes: Ayuntamiento Municipal de Salcedo vs. Centro Gomas Bello Materia: Cobro de pesos y reparación de daños y perjuicios Decisión: Inadmisible por falta de acreditación de interés casacional Ponente: Mag. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.

Resumen

Decide un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento Municipal de Salcedo contra una sentencia que declaró inadmisible su apelación en un litigio de cobro de pesos y daños. La sentencia identifica como motivo de inadmisibilidad la falta de acreditación del interés casacional y expone los criterios aplicables a ese requisito.

recurso de casacióninterés casacionalinadmisibilidadcobro de pesosdaños y perjuicios

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión
  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona