Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM) vs. Banco de Reservas de la República Dominicana - Banco de Servicios Múltiples
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM) | APORDOM (Autoridad Portuaria Dominicana) → |
| Recurrido | Banco de Reservas de la República Dominicana - Banco de Servicios Múltiples | Estado |
FALLA PRIMERO: DECLARA CADUCO de oficio, el recurso de casación interpuesto por Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM) contra la sentencia civil núm. 026-02- _________________________________________________________________________________________________________________________________ Av. , Esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// IBR/pág. 5 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-2020 Exp. núm. 2 (2025-R0649966) Partes: Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM), vs. Banco de Reservas de la República Dominicana -Banco de Servicios Múltiples Materia: Reparación de daños y perjuicios (perención de instancia) Decisión: CADUCO, de oficio Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero 2023-SCIV-00539, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 27 de septiembre de 2023, por los motivos expuestos. SEGUNDO: COMPENSA el pago de las costas procesales.
La Primera Sala declara de oficio caduco el recurso de casación de Autoridad Portuaria Dominicana por no depositarse el acto de emplazamiento dentro del plazo legal. Precisa el cómputo de los plazos hábiles y compensa las costas procesales.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona