Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrido | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
| Recurrido | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
FALLA PRIMERO: PRONUNCIA EL DEFECTO de la parte correcurrida, Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (EDEESTE), en ocasión del recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. 026-03- 2024-SSEN-00269, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 6 de junio de 2024. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// YBS/Pág. 18 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-1666 Exp. núm. 2 (2024-R0472099) Partes: vs. Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (EDEESTE) y Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: Inadmisible por falta de acreditación de interés casacional Ponente: Mag. SEGUNDO: DECLARA inadmisible el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. 026-03-2024-SSEN-00269, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 6 de junio de 2024, por los motivos expuestos. TERCERO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del proceso, a favor del Dr. y del Lcdo. , abogados de la recurrida, Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
La Primera Sala examina un recurso de casación contra una decisión que confirmó la inadmisibilidad de una demanda por daños derivados de un accidente eléctrico. Analiza la comparecencia de una recurrida y expone que la casación requiere interés casacional objetivo, relacionado con la función institucional de formar o consolidar doctrina jurisprudencial.
recurso de casacióninterés casacionalinadmisibilidaddaños y perjuiciosaccidente eléctricodefecto procesal
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona