Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur) vs. Sandy Féliz Reyes y Ana Alberta Ynoa Reyes
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur → |
| Recurrido | Sandy Féliz Reyes | |
| Recurrido | Ana Alberta Ynoa Reyes |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur), contra la sentencia civil núm. 0319-2022-SCIV-00071, dictada en fecha 26 de julio de 2022, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana, por los motivos expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente, al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción en favor y provecho de los Lcdos. Wilkin Feliz Ynoa, Roberta Feliz Moreta y Belkis Restituyo Reinoso, quienes afirman haberlas avanzando en su totalidad.
La Primera Sala de la Suprema Corte rechaza la casación de Edesur contra la sentencia que confirmó una indemnización por incendio. Considera inadmisibles los argumentos nuevos y entiende que no se acreditó la presentación oportuna de pruebas documentales, mientras que la valoración de las pruebas y la negativa de medidas testimoniales corresponden a la apreciación soberana de los jueces de fondo.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona