Pasteurizadora Rica S. A. vs. Borgynet International Holdings Corporation
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Pasteurizadora Rica S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Pasteurizadora Rica, SA → |
| Recurrido | Borgynet International Holdings Corporation |
RESUELVE: PRIMERO: RECHAZA la solicitud de revocación presentada por la recurrente, Pasteurizadora Rica, S. A, contra la sentencia núm. SCJ-PS-23-2712, dictada el 27 de noviembre de 2023, por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, por los motivos expuestos. Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// LS /Pág. 7 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-24-0905 Exp. núm. 2022-0071338 Partes: Pasteurizadora Rica, S. A. vs. Borgynet International Holdings Corporation Asunto: Revisión de error material Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. Samuel Arias Arzeno SEGUNDO: ORDENA al secretario de la Suprema Corte de Justicia, notificar a las partes interesadas y publicar esta decisión, para los fines correspondientes y en la forma indicada en la ley.
Rechaza la revisión por error material solicitada por Pasteurizadora Rica contra una sentencia que declaró caduco su recurso de casación. Determina que la solicitud procura retractar lo decidido y excede los límites legales de esa revisión; además, declara sin objeto la petición de defecto.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona