| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Seguros Banesco S. A. | |
| Recurrente | Carga Max S. R. L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Carga Max, SRL → |
FALLA: PRIMERO: DECLARA el defecto del recurrido PER1 en ocasión del recurso de casación interpuesto por Seguros Banesco, S. A., y Carga Max, S.R.L., contra la sentencia núm. 026-02-2022-SCIV-00640, de fecha 29 de noviembre de 2022, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Carga Max, S.R.L., contra la sentencia civil núm. 026-02-2022-SCIV-00640, antes descrita, por los motivos expuestos. Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// MSC /Pág. 14 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 SCJ-PS-24-0787 Exp. núm. 034-2018-ECON-01111 Partes: Seguros Banesco, S. A. y Carga Max, S. R. L. vs. Materia: Reparación de daños y perjuicios (colisión de vehículos) Decisión: INADMISIBLE/RECHAZA Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz TERCERO: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Seguros Banesco, S. A. contra la sentencia antes indicada, por los motivos expuestos en el cuerpo motivacional. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento.
Decide un recurso de casación interpuesto por Seguros Banesco y Carga Max contra una condena por daños materiales derivada de una colisión vehicular. Examina el defecto por incomparecencia y el interés jurídico para recurrir; el encabezado anuncia inadmisibilidad y rechazo.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona