| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Ministerio de Agricultura | Ministerio de Agricultura → |
FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por el Ministerio de Agricultura, contra la sentencia civil núm. 0319-2023-SCIV-00190, dictada el 19 de diciembre de 2023, por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de la Distrito Nacional, Rep. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// USR1 PER3 USR2 PER4 USR3 USR4USR5USR6 USR4USR7 USR8 USR11USR9 USR10 ADD3 LL/Pág. 12 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 SCJ-PS-24-0765 Exp. núm. 2022-0120914 Partes: Ministerio de Agricultura vs. Materia: Reparación de daños y perjuicios (colisión de vehículos) Decisión: CADUCO Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana, por los motivos expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas procesales.
La Primera Sala examina un recurso de casación en una demanda por daños derivados de una colisión de vehículos. Desestima la solicitud de desistimiento porque no se depositó el acto notarial auténtico o bajo firmas legalizadas exigido por la Ley 2-23; el encabezado identifica la decisión como caduco.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona