Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
FALLA: PRIMERO: DECLARA LA INCOMPETENCIA de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia para conocer el recurso de casación interpuesto por Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE), contra la sentencia civil núm. 1499- 2022-SSEN-00375, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, en fecha 24 de noviembre de 2022, por los motivos antes expuestos. DG/Pág. 9 Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// PER7 PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 PER2 PER3 SCJ-PS-24-0734 Expte. núm. 549-2015-01802, 549-2016-01740 Partes: Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE) vs. y Materia: Reparación de daños y perjuicios (accidente eléctrico) Decisión: INCOMPETENCIA Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz SEGUNDO: ORDENA al secretario general de esta Suprema Corte de Justicia ENVIAR el presente expediente de casación ante las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, con el propósito correspondiente.
La Primera Sala determina que el segundo recurso de casación, al incluir motivos mixtos que comprenden puntos de derecho ya juzgados y otros nuevos, corresponde a las Salas Reunidas. Como ya estaba formalmente apoderada y concluida la instrucción, declara su incompetencia por vía jurisdiccional y dispone remitirles el expediente.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona