jueves, 5 de noviembre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivo
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar en Notifacto
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosLista «En 29»Elecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-PS-24-0694

Club Deportivo Naco Inc. y San Andrés Caribe Country Club S. R. L. vs. José Ricardo Augusto Roques Sánchez y [nombre reservado]

Proveedor del EstadoPersona de interés · en verificación
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
27 mar de 2024
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Rechaza
Expediente
037-2020-ECIV-00278

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteClub Deportivo Naco Inc.Proveedor del Estado con la misma razón social: Club Deportivo Naco, INC →
RecurrenteSan Andrés Caribe Country Club S. R. L.
RecurridoJosé Ricardo Augusto Roques SánchezPersona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 38 % Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona; el nombre aparece en 2 proveedores del Estado (como socio o titular).
RecurridoNombre reservado por la fuente

Lo que decidió

FALLA: PRIMERO: DECLARA el defecto de los recurridos PER3 y en ocasión del recurso de casación PER4 interpuesto por San Andrés Caribe Contry Club, S. R. L., contra la sentencia núm. 1303-2022-SSEN-00684, de fecha 4 noviembre de 2022, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto en fecha 15 de mayo de 2023, por Club Deportivo Naco, Inc., contra la sentencia núm. 1303-2022-SSEN- 00684, antes descrita, por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto en fecha 2 de junio de 2023, por San Andrés Caribe Contry Club, S. R. L., contra la sentencia núm. 1303- 2022-SSEN-00684, antes descrita, por los motivos precedentemente expuestos Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// MSC /Pág. 27 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER16 PER2 PER17 PER4 SCJ-PS-24-0694 Exp. núm. 037-2020-ECIV-00278. Sols. (2023-R0189664) (2023-R0220034) Partes: A) Club Deportivo Naco, Inc. vs. y y B) San Andrés Caribe Country Club, S. R. L. vs. y Club Deportivo Naco, Inc. Materia: Resolución de contrato y reparación de daños y perjuicios Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero CUARTO: COMPENSA el pago de las costas del proceso.

Resumen

Decide conjuntamente dos recursos de casación contra una sentencia que resolvió un contrato de venta con privilegio y concedió indemnizaciones. Examina la admisibilidad conforme a la ley vigente cuando se dictó la sentencia recurrida y concluye que los presupuestos de admisibilidad se rigen por la Ley núm. 3726.

recurso de casaciónadmisibilidadresolución de contratodaños y perjuiciosseguridad jurídicaaplicación temporal de la ley

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • CongresoLegisladores, iniciativas, asistencia y votos
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • Lista «En 29»Muertes a manos de agentes del Estado que cuenta la prensa
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona