| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Edenorte Dominicana S. A. | Estado |
FALLA: PRIMERO: DECLARA LA CADUCIDAD del recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la sentencia civil núm. 204-2022-SSEN-00105, Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// YCAM/ Pág. 9 Poder Judicial PER1 PER2 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-24-0393 Exp. núm. 208-2020-ECIV-00063 Partes: Edenorte Dominicana, S.A. vs. y Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: CADUCO Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz dictada el 18 de mayo de 2022, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente Edenorte Dominicana, S. A. al pago de las costas del procedimiento, distrayéndola a favor del Lcdo. Fausto Antonio Caraballo, abogado de la parte recurrida, quien afirma haberla avanzado en su totalidad.
La Primera Sala declara caduco el recurso de casación de Edenorte por notificar el emplazamiento después del plazo legal de treinta días francos más cuatro por distancia. Concluye que el acto se notificó tardíamente, sin examinar los méritos del recurso, y condena a la recurrente al pago de las costas.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona