Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A. (EDEESTE) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
FALLA: PRIMERO: DECLARA la incompetencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia para conocer el recurso de casación intentado por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S. A. (EDEESTE), contra la sentencia núm. 1499-2022-SSEN- Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// DG/Pág. 10 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 SCJ-PS-24-0385 Exp. núm. 001-2018-01131 Partes: Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S. A., (EDEESTE) vs. Materia: Reparación de daños y perjuicios (buró de crédito) Decisión: INCOMPETENCIA Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz 00104, dictada en fecha 22 de abril de 2022, por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, por los motivos expuestos. SEGUNDO: ENVÍA el caso por ante las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, con el propósito correspondiente.
La Primera Sala conoce un segundo recurso de casación en un proceso de reparación de daños morales por inclusión errónea en un buró de crédito. Examina la competencia de las Salas Reunidas cuando el nuevo recurso versa sobre puntos de derecho ya juzgados, y distingue esa hipótesis de la presentación de motivos nuevos.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona