Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y Consejo de Administración de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) vs. Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (Conatra)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
| Recurrente | Consejo de Administración de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
| Recurrido | Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (Conatra) |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación intentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), y el Consejo de Administración de PER1 Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono]• Dirección de Internet: http:// SRA/Pág.18 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 SCJ-PS-24-0036 Exp. núm.: 2022-0120658 Partes: Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), Consejo de Administración de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y vs. Confederación Nacional de Organizadores del Transporte (Conatra) Materia: Referimiento (provisión de valores) Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz la Empresa de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), contra la ordenanza civil núm. 026-03-2022-SORD-00333, de fecha 29 de diciembre de 2022, emitida por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento, con distracción en provecho del Lcdo. Ángelus Peñaló Alemany, abogado de la parte recurrida, quien así lo ha solicitado.
La Primera Sala rechaza el recurso de casación de ETED contra la decisión que mantuvo una provisión de fondos a favor de Conatra. Reconoce que el juez de los referimientos puede conceder un avance sobre un crédito bajo el artículo 109 de la Ley 834, siempre que exista urgencia y la medida no colida con contestación seria.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona