Actividades Caoma S. R. L. y La Colonial de Seguros S. A.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Actividades Caoma S. R. L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Actividades Caoma, SRL → |
| Recurrente | La Colonial de Seguros S. A. |
FALLA: PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE, de oficio, el recurso de casación interpuesto por Actividades Caoma, S. R. L. y La Colonial, S. A., PER1 contra la sentencia civil núm. 1852-2023-SSEN-00096, dictada el 26 de junio de 2023 por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, atendiendo a los motivos anteriormente expuestos. ___________________________________________________________________________________________________________________ Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// / YH/Pág. 8 PER1 O1 O2 O3 PER8 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-24-2610 Expediente núm. 365-2020-ECIV-00093 (R0350795) Partes: Actividades Caoma, S. R. L. y La Colonial de Seguros, S. A. vs. del Materia: Reparación de daños y perjuicios (colisión) Decisión: Inadmisible por el monto Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortíz SEGUNDO: COMPENSA las costas del presente proceso.
La Primera Sala declaró inadmisible de oficio el recurso de casación de Actividades Caoma y La Colonial contra una decisión sobre daños por accidente de tránsito. La condena debatida, de RD$994,934.41, no alcanzaba el umbral de cincuenta salarios mínimos establecido por la Ley 2-23; se compensaron las costas.
recurso de casacióninadmisibilidadumbral de cincuenta salarios mínimosdaños y perjuiciosaccidente de tránsitocompensación de costas
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona