| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | Hamaca Beach Resort S. A. S. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Hamaca Beach Resort, SAS → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por del PER1 contra la sentencia núm. 026-02-2023-SCIV-00567, dictada en fecha 11 de PER14 YMB/Pág. 17 Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// / Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 PER2 SCJ-PS-24-2348 Exp. núm. 035-19-ECON-00940 Partes: del vs. Hamaca Beach Resort, S. A. S. Materia: Cobro de valores y nulidad de factura Decisión: Rechaza Ponente: Mag. Samuel Arias Arzeno. octubre de 2023, por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas.
Decide un recurso de casación relacionado con el cobro de valores y la nulidad de una factura. Examina el interés casacional presunto por infracción procesal y los vicios alegados por la recurrente; el encabezado indica que el recurso fue rechazado.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona