Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) | Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales → |
PRIMERO: DECLARA la incompetencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia para conocer el recurso de casación intentado por la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), contra la sentencia civil núm. 1303-2022-SSEN- 00185, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 31 de marzo de 2021. Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// SPG/Pág. 12 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 PER2 PER3 PER4 PER5 PER6 PER7 PER8 SCJ-PS-24-2176 Exp. núm. 035-2007-00481/2023-R0436938 Partes: Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) vs. y Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: INCOMPETENCIA Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero SEGUNDO: ENVÍA el caso por ante las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, con el propósito correspondiente.
La Primera Sala examina un segundo recurso de casación relacionado con un litigio por daños derivados de un accidente eléctrico. Determina qué órgano es competente según si el recurso plantea puntos de derecho ya juzgados, diferentes o mixtos.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona