| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Terramorphosis | |
| Recurrido | Credigas S.A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Credigas, SA → |
FALLA: PRIMERO: CASA la sentencia núm. 1500-2023-SSEN-00340, de fecha 25 de septiembre de 2023, emitida por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, por las razones expuestas precedentemente; en consecuencia, retorna las partes y la causa al momento en que se encontraban antes de ser dictada la referida decisión y, para hacer derecho, envía el asunto por ante la Primera Sala _______________________________________________________________________________________________________________________ Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// / JDL/ Pág. 14 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-24-2144 Exp. núm. 549-2017-ECIV-02279 Partes: Terramorphosis vs Credigas, S.A. Materia: Cobro de pesos y reparación de daños y perjuicios. Decisión: Casa Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo. SEGUNDO: COMPENSA las costas procesales
Decide un recurso de casación relacionado con una demanda de cobro de pesos y reparación de daños y perjuicios por una factura. Examina la calidad e interés de la recurrente, el interés casacional y las infracciones procesales alegadas contra la sentencia que revocó la condena de primer grado.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona