Marcelino Ceballos Martínez vs. Rafael Antonio Julián Cedano y Superintendencia de Seguros
El Estado es partePersona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Marcelino Ceballos Martínez | |
| Recurrido | Rafael Antonio Julián Cedano | Persona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 96 % Nombrado en un decreto sobre un cargo público; Declaración jurada de patrimonio. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona. |
| Recurrido | Superintendencia de Seguros | Superintendencia de Seguros → |
FALLA: PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la Marcelino Ceballos Martínez, contra la sentencia civil núm. 1497-2018-SSEN-00272, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de 126 Ibidem. 1373 Santiago, en fecha 04 de septiembre de 2018, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas.
La Primera Sala declara inadmisible de oficio un recurso de casación en un litigio indivisible porque el recurrente no emplazó a todas las partes beneficiadas por la sentencia impugnada. Considera que decidir el recurso en ausencia de una de ellas lesionaría su derecho de defensa.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona