Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S.A. (Edeeste)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este S.A. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
FALLA: PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A (Edeeste), contra la sentencia civil núm. 026-03-2023-SSEN-00327 dictada en fecha 26 de mayo de 2023, por la _____________________________________________________________________________________________________________________ __ Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// / JDL/ Pág. 8 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER9 SCJ-PS-24-2016 Exp. núm. 026-03-2021-ECIV-00350 Partes: Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A (Edeeste) vs. De la Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: Inadmisible por el monto de oficio Ponente: Mag. Samuel Arias Arzeno. Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas.
Declara inadmisible de oficio un recurso de casación porque la condenación impuesta a la recurrente no supera el umbral de cincuenta salarios mínimos para el sector privado. Precisa que, para evaluar ese requisito, se considera la cuantía de la condenación debatida en la sentencia impugnada.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona