| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Edenorte Dominicana S.A. | Estado |
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana S.A., contra la sentencia civil núm. 449-2023-SSEN-00129, dictada en fecha 9 de agosto de 2023, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte _________________________________________________________________________________________________ Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. • Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// / EMOM/ Pág. 13 Poder Judicial REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 SCJ-PS-24-2012 Expediente núm. 001-011-2019-RECA-03466 (2023-R0388538) Partes: Edenorte Dominicana S.A. vs Materia: Liquidación por estado (daños y perjuicios-eléctrico) Decisión: Inadmisible por el monto Ponente: Mag. Samuel Arias Arzeno de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Primera Sala conoce un segundo recurso de casación sobre una liquidación de daños y perjuicios derivada de un incendio y examina la competencia y los presupuestos de admisibilidad. La ficha de la sentencia indica que el recurso fue declarado inadmisible por el monto.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona