[nombre reservado] vs. Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Nombre reservado por la fuente | |
| Recurrido | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
PRIMERO: ACOGE en cuanto al fondo los recursos de apelación que nos ___________________________________________________________________________ Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// YCAM Pág. 1 PER1 PER2 PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-24-1680 Exp. núm. 001-011-2019-RECA-03010 Partes: y vs. Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: INADMISIBLE por extemporáneo Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz revoca las sentencias apeladas, en consecuencia: a) ACOGE en parte la PER4 demanda en reparación de daños y perjuicios interpuesta por los señores y mediante el acto PER2 PER5 No. 526/2013 de fecha 9 de mayo del 2013, del ministerial Jesús Armando Guzmán, de estrado de la Sala No. 9 de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y la interpuesta por el señor mediante el acto No. 2140/2013 de fecha 7 de junio del 2013, PER6 del ministerial José del Carmen Plasencia Uzeta, ordinario del Grupo No. 1, del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional, en contra de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED); b) CONDENA a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), al pago de la suma de UN MILLÓN MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,001,084.00), a favor del señor y …
Declara inadmisible por extemporáneo un recurso de casación interpuesto contra una sentencia civil sobre reparación de daños derivados de un accidente eléctrico. Considera válida la notificación a la recurrida y computa desde ella el plazo de treinta días, sin aumento por distancia.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona