Business Solutions Group S.R.L. vs. Frito Lay Dominicana S.A.
Proveedor del EstadoDelito contra la administración pública| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Business Solutions Group S.R.L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Business Solutions Group, SRL → |
| Recurrido | Frito Lay Dominicana S.A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Frito-Lay Dominicana, SA → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Business Solutions Group, S.R.L, contra la sentencia civil núm. 1303-2023- SSEN-00353, dictada en fecha 02 de agosto de 2023, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La Primera Sala conoce un recurso de casación interpuesto por Business Solutions Group, S.R.L., en un litigio sobre devolución de valores transferidos por duplicado. Pronuncia el defecto de la recurrida por no depositar memorial de defensa tras ser emplazada y rechaza el recurso, según la decisión consignada en el encabezado.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona