[nombre reservado] vs. Jiménez Salvador & Asociados S. R. L.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Nombre reservado por la fuente | |
| Recurrido | Jiménez Salvador & Asociados S. R. L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Jiménez Salvador & Asociados, SRL → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por PER1 contra la sentencia núm. 441-2023-SSEN-00035, dictada el 24 de abril de 2023, _____________________________________________________________________________________________________________ Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom.Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// YN/Pág. 17 PER1 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-24-0152 Exp. núm. 176-2021-ECIV-00094 Partes: vs. Jiménez Salvador & Asociados, S. R. L Materia: Cobro de pesos Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. Vanessa Acosta Peralta por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona, por los motivos expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas.
La Primera Sala examina un recurso de casación en un litigio de cobro de pesos. Rechaza el incidente de caducidad al considerar que el recurso interpuesto por uno de los condenados beneficia a la compañía condenada conjuntamente en un litigio indivisible. También delimita la competencia de la casación frente a solicitudes de revocar o confirmar el fallo.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona