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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-PS-24-1124

Edesur Dominicana S. A. (Edesur)

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
31 may de 2024
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara la caducidad
Expediente
322-2016-ECIV-00383

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteEdesur Dominicana S. A. (Edesur)Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur →

Lo que decidió

FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por Edesur Dominicana, S. A. (Edesur), contra la sentencia civil núm. 441-2023-SSEN-00078, de fecha 19 de septiembre de 2023, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona, por los motivos antes expuestos. Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// BIMS /Pág. 9 PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PER1 SCJ-PS-24-1124 Exp. núm. 322-2016-ECIV-00383 Partes: Edesur Dominicana, S. A. (Edesur) vs Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: CADUCO Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz SEGUNDO: COMPENSA las costas procesales.

Resumen

La Primera Sala declaró caduco el recurso de casación de Edesur porque no constaba el depósito del acto de emplazamiento a la parte recurrida dentro del plazo legal de quince días hábiles. Explica el cómputo de los plazos y que la caducidad puede pronunciarse de oficio ante la falta de esa formalidad.

recurso de casacióncaducidademplazamientoplazos procesalesindefensiónresponsabilidad civil eléctrica

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona