Edenorte Dominicana S. A. vs. Gilberto Alquímedes Peralta Leonardo y Yosiris Vázquez Cruz
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Edenorte Dominicana S. A. | Estado |
| Recurrido | Gilberto Alquímedes Peralta Leonardo | |
| Recurrido | Yosiris Vázquez Cruz |
FALLA: PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la sentencia civil núm. 235-2021-SSEN-00046, dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Montecristi, en fecha 27 de diciembre 2021, por los motivos expuestos. 570 SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente, al pago de las costas del procedimiento, distrayéndola a favor del Lcdo. Angelús Peñalo Alemany, abogado de la parte recurrida, quien afirmó haberlas avanzado en su totalidad.
Declara inadmisible el recurso de casación de Edenorte por no emplazar a todos los beneficiarios de la sentencia impugnada. La omisión incumple la regla procesal aplicable cuando el objeto litigioso es indivisible, por lo que la Corte no examina los medios de casación.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona