Frontex Dominicana S. R. L. vs. Alexis Antonio Cabrera Taveras
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Frontex Dominicana S. R. L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Frontex Dominicana, SRL → |
| Recurrido | Alexis Antonio Cabrera Taveras |
FALLA: PRIMERO: DA ACTA DEL ACUERDO TRANSACCIONAL Y DESISTI- MEINTO DE ACCIONES suscrito por las partes instanciadas en ocasión del recurso de casación interpuesto contra la sentencia civil núm. 1301-2022-SSEN-00126, dictada en fecha 8 de marzo de 2022, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos anteriormente expuestos. SEGUNDO: ORDENA el archivo definitivo del expediente.
La Primera Sala da acta del acuerdo transaccional y del desistimiento de las acciones presentado por las partes en un recurso de casación civil. Al constatar que el asunto solo afecta intereses privados y que no existe un interés público que trascienda, ordena el archivo definitivo del expediente.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona