Serigraf S. A. vs. César Eduardo Santos Bucarelly
Proveedor del EstadoPersona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Serigraf S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Serigraf, SA → |
| Recurrido | César Eduardo Santos Bucarelly | Persona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 96 % Socio o titular de un proveedor del Estado. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona. |
PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Serigraf, S. A., contra la sentencia civil núm. 1499-2019-SSEN-00312, dictada en fecha 15 de agosto de 2019, por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente, al pago de las costas ordenando su distracción en favor y provecho de la Licda. Ninive Altagracia Vargas Polanco, abogada de la parte recurrida quien realizó la afirmación de rigor.
Rechaza el recurso de casación de Serigraf, S. A., contra la sentencia que confirmó una condena en cobro de pesos y daños. Declara que el plazo de notificación del artículo 156 del Código de Procedimiento Civil solo rige para fallos en defecto o reputados contradictorios, no para sentencias contradictorias propiamente dichas.
recurso de casaciónperención de sentencianotificaciónsentencia contradictoriaartículo 156 del Código de Procedimiento Civil
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona