Consejo Estatal del Azúcar (CEA) vs. Oscar Cardy Valera
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Consejo Estatal del Azúcar (CEA) | Consejo Estatal del Azucar → |
| Recurrido | Oscar Cardy Valera |
RESUELVE: PRIMERO: DECLARA DE OFICIO LA CADUCIDAD del recurso de casación interpuesto por el Consejo Estatal del Azúcar (CEA), contra la sentencia civil núm. 335-2022-SSEN-00395, dictada el 30 de noviembre de 2022, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, por los motivos expuestos. SEGUNDO: ORDENA al secretario de la Suprema Corte de Justicia, notificar a las partes interesadas y publicar esta sentencia, para los fines correspondientes y en la forma indicada en la ley.
La Primera Sala declara de oficio la caducidad del recurso de casación del Consejo Estatal del Azúcar contra una sentencia civil. No constaba el depósito del acto de emplazamiento dentro del plazo de quince días hábiles previsto por la Ley núm. 2-23.
recurso de casacióncaducidadacto de emplazamientoplazos procesalesLey núm. 2-23
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona