Ana Celia García vs. Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. (Edesur)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Ana Celia García | |
| Recurrido | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. (Edesur) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur → |
PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Ana Celia García, contra la sentencia civil núm. 026-03-2022-SSEN-00127, dictada el 25 de marzo de 2022, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. 606 SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento, ordenando su distracción a favor del Lcdo. Raúl Quezada Pérez, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
Rechaza el recurso de casación de Ana Celia García contra la decisión que desestimó su demanda de daños por incendio. Sostiene que, en daños atribuidos al fluido eléctrico, la demandante debe probar la intervención activa de la electricidad y que la cosa permanecía bajo guarda; sin esa prueba, no se configura responsabilidad de la distribuidora.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona