Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. vs. Jorge Manuel Reyes Méndez
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur → |
| Recurrido | Jorge Manuel Reyes Méndez |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S. A., contra la sentencia civil núm. 441-2020-SSEN-00142 dictada el 20 de agosto de 2020 por la Cámara Civil, Comercial y Trabajo de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona, por los motivos expuestos. Segunda Sala SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S. A., al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor del Lcdo. Elpidio Calazan Fernández Rojas, abogado de la parte recurrida, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
Rechaza el recurso de casación de EDESUR contra la sentencia que confirmó su responsabilidad por los daños causados por un incendio atribuido al fluido eléctrico. Establece que los informes del Cuerpo de Bomberos tienen presunción inicial de certeza, destruible mediante prueba en contrario.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona