Federico Manuel Bernard Paulino vs. Proudisa S. R. L.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Federico Manuel Bernard Paulino | |
| Recurrido | Proudisa S. R. L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Proudisa, SRL → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Federico Manuel Bernard Paulino contra la sentencia núm. 1852-2022-SSEN-00029, dictada el 8 de marzo de 2022, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, por las razones antes expuestas. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción a favor y provecho de los Lcdos. Artemio Álvarez Marrero, Franklin Ant. Álvarez Marrero e Indira Nicaurys García Vargas, quienes afirman estarlas avanzando en su totalidad.
Decide un recurso de casación contra una sentencia que confirmó una condena al pago de una deuda comercial. La Suprema Corte rechaza el recurso porque los agravios no demostraron vicios casacionales; considera material e inocua una referencia errónea a la sala que conoció el proceso.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona