| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Edesur Dominicana S. A. | Estado |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Edesur Dominicana, S. A., contra la sentencia civil núm. 1303-2022-SSEN-00608, dictada el 18 de octubre de 2022, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// AL/ Pág. 14 PER1 PER2 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-23-2256 Exp. núm. 037-2018-ECIV-01143 Partes: Edesur Dominicana, S. A., vs. y Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: Rechaza Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor de los Lcdos. Fior Elena Campusano Asencio y Julio César Liranzo Montero, quienes afirman haberlas avanzado en su mayor parte.
La Primera Sala rechaza el recurso de casación de Edesur contra la decisión que confirmó una condena por lesiones causadas por un tendido eléctrico. Considera acreditada la participación activa de la cosa bajo guarda de la empresa y que esta no probó eximentes de responsabilidad ni desvirtuó los hechos establecidos.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona