| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Policía Nacional | Policia Nacional → |
| Recurrente | Seguros Banreservas S. A. | Estado |
PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra la parte recurrida, PER2 por no haber depositado sus actuaciones procesales. 8 SCJ, 1ra Sala, sentencia núm. 146, de fecha 24 de marzo de 2021. B.J. 1324 Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: [teléfono] • Dirección de Internet: http:// JDH/Pág. 14 PER1 PER2 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-23-2255 Exp. núm. 037-2017-ECIV-00732 Partes: Policía Nacional, y Seguros Banreservas, S. A. vs. Materia: Reparación de daños y perjuicios (tránsito) Decisión: RECHAZA Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la Policía Nacional, y Seguros Banreservas, S. A., contra la PER1 sentencia civil núm. 275-2018, dictada por la sentencia civil núm. 1303-2022- SSEN-00483, dictada el 2 de septiembre de 2022, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: COMPENSA las costas.
Decide un recurso de casación en un litigio de daños derivados de un accidente de tránsito. Examina la ausencia de actuación procesal de la parte recurrida y la nulidad de un acto de apelación, destacando que la nulidad formal requiere demostrar un agravio que afecte el derecho de defensa.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona